La unidad de Relaciones Laborales, adscrita a la Dirección de Recursos Humanos informa al personal de la institución (Docente, administrativo y obrero) activo que deben consignar ante la mencionada unidad, las constancias de estudio y cartas de soltería, de los hijos en edades comprendidas entre los 18 y 25 años de edad, correspondiente al período académico II-2016 y I-2017, para gozar de la prima por hijo establecida en la II Convención Colectiva Universitaria (CCU), en su cláusula 87. Es importante destacar que de no presentar estos requisitos, se desactivará el pago del beneficio, que se realiza mensualmente.
En el caso del personal jubilado, de no consignar los requisitos antes mencionados, se desactivará el beneficio de becas, establecido en la cláusula 67 de la II CCU.
Igualmente, se recomienda a los trabajadores tomar las previsiones al respecto, ya que tendrán como fecha límite para la consignación de lo solicitado, el 15 de mayo próximo; recordando que el pago de esta prima tiene incidencia en el cálculo del bono vacacional.
Saludos, el personal que labora en las sedes foráneas, cómo hacen llegar la información solicitada? Tienen algún buzón de envió, hay algún nombre que reciba envíos por sistema de mensajería, se puede scanear y enviar por mail, en cumplimiento de resoluciones presidenciales de papel cero y gobierno digital. Recorrerá una comisión las sedes foráneas ¿?
ResponderBorrarGracias por su información y apoyo.
Saludos. En orden de que los documentos tienen que reposar en el expediente, deben ser consignados en físico. El personal de la sedes foráneas puede solicitar apoyo al coordinador de cada sede para facilitar el envío de los documentos en el caso de que no puedan trasladarse hasta las oficinas de RRHH.
BorrarES IMPORTANTE RESALTAR QUE EL PERSONAL QUE LABORA EN LAS SEDES SAN FRANCISCO ,LA CAÑADA DE URDANETA Y POSTGRADO MARACAIBO PODRÁN CONSIGNAR DICHAS CONSTANCIAS AL ENLACE DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS.
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